OBJETO DE LA RECLAMACIÓN: no son impugnables las notas de pruebas parciales realizadas a lo largo del curso. Únicamente se admiten reclamaciones contra:
1. Calificaciones finales obtenidas en alguno de los módulos profesionales, convocatorias ORDINARIA y EXTRAORDINARIA
2. Las decisiones adoptadas por el equipo docente al finalizar cada período formativo (de acceso al módulo de FCT y al de Proyecto o a los de formación dual que se realicen en una empresa, de permanencia de un año más en el centro educativo, de promoción y/o de titulación).